{"id":12355,"date":"2023-09-12T08:50:21","date_gmt":"2023-09-12T06:50:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/?p=12355"},"modified":"2025-04-21T14:46:24","modified_gmt":"2025-04-21T12:46:24","slug":"plazos-de-entrada-en-vigor-de-la-factura-electronica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/plazos-de-entrada-en-vigor-de-la-factura-electronica\/","title":{"rendered":"Plazos de entrada en vigor de la factura electr\u00f3nica"},"content":{"rendered":"\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-style-large\"><p>Tal y como cita el BORRADOR DEL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 18\/2022, DE 28 DE SEPTIEMBRE, DE CREACI\u00d3N Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS EN LO REFERIDO A LA FACTURA ELECTR\u00d3NICA ENTRE EMPRESAS Y PROFESIONALES, las peque\u00f1as y medianas empresas (pymes) desempe\u00f1an un papel fundamental en el crecimiento econ\u00f3mico, en la creaci\u00f3n de empleo y en el fomento de la competitividad de la econom\u00eda espa\u00f1ola, aportando valor a\u00f1adido a todos los sectores. En t\u00e9rminos num\u00e9ricos, constituyen alrededor del 99\u202f% del tejido productivo, representan algo m\u00e1s del 62\u202f% del Valor A\u00f1adido Bruto (VAB) y del 66 % del empleo.<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-audio\"><audio controls src=\"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2023\/09\/Tal-y-como-cita-el-BORRADOR-DE1694163760.mp3\"><\/audio><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>El pasado junio se present\u00f3 un borrador del Reglamento T\u00e9cnico de la Ley en referencia a la Factura Electr\u00f3nica.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>a) Factura Electr\u00f3nica obligatoria entre empresarios y profesionales:<\/strong> aquella factura expedida y recibida en formato electr\u00f3nico entre empresarios y profesionales en la que se documenten operaciones comerciales concertadas entre ellos, que re\u00fana las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas contenidas en esta norma y en sus posibles desarrollos reglamentarios, as\u00ed como en el Real Decreto 1619\/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b) Plataforma de intercambio de facturas electr\u00f3nicas:<\/strong> infraestructura tecnol\u00f3gica que permite el direccionamiento de facturas electr\u00f3nicas entre el emisor de la factura y su destinatario, que re\u00fana los requisitos t\u00e9cnicos contenidos en esta norma y en sus posibles desarrollos reglamentarios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c) Soluci\u00f3n P\u00fablica de Facturaci\u00f3n Electr\u00f3nica:<\/strong> es el conjunto de soluciones provistas por la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria para servir de infraestructura de facturaci\u00f3n electr\u00f3nicas, emisi\u00f3n y recepci\u00f3n de facturas, de aquellos empresarios o profesionales que as\u00ed lo elijan y para servir de repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electr\u00f3nicas, proveyendo, as\u00ed mismo, servicios generales de seguimiento del cobro en los t\u00e9rminos de este Reglamento y opciones de descarga en l\u00ednea individual o masiva para los emisores y destinatarios de las facturas y sus autorizados.<\/p>\n\n\n\n<p>Una factura electr\u00f3nica es un fichero electr\u00f3nico que\ncontempla la informaci\u00f3n de una factura, a trav\u00e9s a una serie de f\u00f3rmulas\nmatem\u00e1ticas y la firma digital, la cual debe de estar validada por un\ncertificado digital reconocido por la Agencia Tributaria, quedando validada\nfiscal y legalmente omitiendo as\u00ed la necesidad de su impresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La factura electr\u00f3nica incluida en nuestro ERP permite\nemitir facturas con los requisitos t\u00e9cnicos necesarios, para poder trabajar con\nlas administraciones p\u00fablicas o empresas privadas.<\/p>\n\n\n\n<p>La factura electr\u00f3nica nos permite ahorrar costes, datos del Ministerio de Industria reflejan m\u00e1s de <strong>120 millones de \u20ac de ahorro cada a\u00f1o<\/strong>, as\u00ed como reducir el uso de papel evitando generaci\u00f3n de residuos, consumo de los recursos naturales (madera, agua y energ\u00eda) y los problemas de contaminaci\u00f3n a\u00f1adidos. Adem\u00e1s, este sistema aumenta notablemente la seguridad, ya que est\u00e1 cifrado, es un env\u00edo directo del emisor al receptor y se firma digitalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Hay que garantizar la validez de este tipo de factura\ncumpliendo los requisitos de:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Garantizar la autenticidad de su origen.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>La integridad de su contenido.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Los tipos de factura electr\u00f3nica que existen son:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Formato PDF:<\/strong> se utiliza cuando el destinatario es un particular, un profesional o una PYME cuyo \u00fanico inter\u00e9s sea guardar digitalmente la factura, pero no volver a teclear los datos ya que con este formato no se facilita el ingreso de los datos de la factura.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Formato FACTURAe 3.1: <\/strong>cuando el env\u00edo es de ordenador a ordenador se utiliza el formato XML, en Espa\u00f1a la Agencia Tributaria utiliza la variante Facturae y es el \u00fanico formato aceptado. Necesitar\u00e1 un programa con factura electr\u00f3nica para enviarlas y recibirlas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Nuestros programas con factura electr\u00f3nica le permiten hacer todo el proceso digitalmente, ahorrando costes y ganando agilidad.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Solicite su certificado digital:<\/strong> en la web del Ministerio de Hacienda puede solicitar su certificado electr\u00f3nico, su identificaci\u00f3n en el plano digital.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Hacienda valida su certificado:<\/strong> El Ministerio pone en vigencia su firma digital y entonces el usuario ya puede utilizar el sistema.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Rellene su factura en nuestras soluciones:<\/strong> mediante nuestros programas de gesti\u00f3n puede rellenar su factura eligiendo su firma electr\u00f3nica para poder hacerla totalmente legal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Se generan documentos electr\u00f3nicos:<\/strong> Se emitir\u00e1 un XML, un PDF o cualquier formato v\u00e1lido necesario que se podr\u00e1 enviar al cliente, imprimir o mandar por email con su firma digital incorporada.<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy queremos responder a la pregunta m\u00e1s realizada de los \u00faltimos meses, que es <strong>\u00bfCu\u00e1ndo entra en vigor la factura electr\u00f3nica entre empresas?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Real Decreto entrar\u00e1 en vigor a los 12 meses de su\npublicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial del Estado, por lo tanto, debemos esperar su\npublicaci\u00f3n en el mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante los primeros 12 meses desde la entrada en vigor de este Real Decreto, las empresas que, de acuerdo con la disposici\u00f3n final octava de la Ley 18\/2022, de creaci\u00f3n y crecimiento de empresas, est\u00e9n obligadas a emitir facturas electr\u00f3nicas en sus transacciones con empresarios y profesionales deber\u00e1n acompa\u00f1ar dichas facturas electr\u00f3nicas de un documento en formato PDF que asegure su legibilidad para las empresas y profesionales para los que a\u00fan no haya entrado en vigor la obligaci\u00f3n de recibir facturas electr\u00f3nicas, salvo cuando el destinatario de las facturas electr\u00f3nicas acepte voluntaria y expresamente recibirlas en su formato original. <\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/www.distritok.com\/aplicaciones\/programa-de-gestion\/factura-electronica\/\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"640\" height=\"200\" src=\"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/banner-descarga-factura-electronica.png\" alt=\"Programa de factura electr\u00f3nica\" class=\"wp-image-8021\" srcset=\"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/banner-descarga-factura-electronica.png 640w, https:\/\/www.distritok.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/banner-descarga-factura-electronica-300x94.png 300w\" sizes=\"(max-width: 640px) 100vw, 640px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-audio\"><audio controls src=\"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2023\/09\/El-pasado-junio-se-present\u00f3-un1694163778.mp3\"><\/audio><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tal y como cita el BORRADOR DEL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 18\/2022, DE 28 DE SEPTIEMBRE, DE CREACI\u00d3N Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS EN LO REFERIDO A LA FACTURA ELECTR\u00d3NICA ENTRE EMPRESAS Y PROFESIONALES, las peque\u00f1as y medianas empresas (pymes) desempe\u00f1an un papel fundamental en el crecimiento econ\u00f3mico, en &hellip;<\/p>\n<p class=\"read-more\"> <a class=\"\" href=\"https:\/\/www.distritok.com\/blog\/plazos-de-entrada-en-vigor-de-la-factura-electronica\/\"> <span class=\"screen-reader-text\">Plazos de entrada en vigor de la factura electr\u00f3nica<\/span> Leer m\u00e1s 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