El tribunal europeo ha instituido que todas las empresas en países miembros que el traspaso de datos de ciudadanos europeos a otros países fuera de la zona euro puede ser objeto de sanción. A partir del 29 de enero de 2016 las empresas deben adaptarse a la nueva normativa para evitar multas.
Todas las empresas que manejen datos de clientes procedentes de la zona europea tendrán que contar con:
Una autorización expresa de AEPD
Disponer del consentimiento de las personas cuya información se incluye en sus bases de datos.
Durante 2016 se realizarán inspecciones y se sancionará a aquellas empresas que no cumplan con la nueva normativa con cantidades entre los 300.000 y 600.000 euros.
¿Qué hacer para adaptarse a la nueva LOPD?
Si su empresa trabaja con datos alojados en servidores fuera de la zona euro, esto es lo que deberá hacer:
Obtener consentimiento firmado de las personas incluidas en sus bases de datos.
Pedir a la Agencia de Transferencia Internacional los datos.
No trabajar con empresas con datos almacenados fuera de la zona euro si no se han adaptado a la nueva normativa.