La factura electrónica en la Ley Crea y Crece

Etiquetas:


La Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, es una normativa española aprobada en septiembre de 2022 con el objetivo de facilitar la creación y el crecimiento de empresas, especialmente pymes y emprendedores.

Objetivos principales

  • Simplificar la constitución de empresas: permitiendo la creación de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) con un capital social mínimo de un euro, en lugar de los 3.000 euros requeridos anteriormente.

  • Reducir obstáculos regulatorios: ampliando el catálogo de actividades económicas exentas de licencia, lo que facilita el inicio de nuevas actividades empresariales.

  • Luchar contra la morosidad: estableciendo medidas como la obligatoriedad de la factura electrónica en transacciones entre empresarios y profesionales, y condicionando el acceso a subvenciones públicas al cumplimiento de los plazos de pago establecidos.

  • Fomentar la financiación alternativa: promoviendo mecanismos como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo para facilitar el acceso a recursos financieros.

Entrada en vigor

La Ley Crea y Crece entró en vigor el 29 de septiembre de 2022. Sin embargo, algunas de sus disposiciones, como la obligatoriedad de la factura electrónica, se implementarán de forma progresiva en función del tamaño y facturación de las empresas.

Impacto esperado

Se espera que esta ley contribuya a dinamizar el tejido empresarial español, facilitando la creación de nuevas empresas, mejorando la competitividad y fomentando un entorno más digital y transparente.

¿Quién está obligado a emitir facturas electrónicas?

Con la aprobación de la Ley “Crea y Crece”, las empresas están obligadas a facturar electrónicamente a otras empresas o autónomos por la prestación de sus servicios. Esto es algo que ya sucede en el ámbito público con el envío de facturas electrónicas a la administración pública por parte de los proveedores desde 2015. Ahora este modelo se traslada al ámbito privado, por lo que las empresas deben adaptar sus sistemas a los requerimientos técnicos que establezca la ley para poder emitir y recibir facturas en el formato electrónico establecido. Las empresas contarán con distintos plazos de implementación en función de su volumen de facturación:

  • Para las empresas cuya facturación anual supere los 8 millones de euros, el plazo de implementación es de 1 año una vez aprobado el reglamento técnico.

  • Para el resto de las empresas, cuya facturación sea inferior a los 8 millones de euros, el plazo de implementación se amplía a los 2 años tras la aprobación del reglamento técnico.

Para más información, puedes consultar el texto completo de la ley, publicada el 29 de septiembre de 2022 en el BOE: https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-15818-consolidado.pdf

Verifactu