Si pertenece a la hacienda foral de Bizkaia, este artículo le interesa y debe tener muy en cuenta los periodos obligatorios para la incorporación de BATUZ.
BATUZ está formado por tres componentes:
- Software de facturación TicketBAI, sistema informático de facturación para asegurar y verificar la declaración de todas las operaciones y ventas realizadas.
- Libros de registros de operaciones económicas, modelos 140 y 240. En los que se declararán los ingresos, gastos y facturas de las personas que realizan actividades económicas. Modelo 140 para personas físicas y Modelo 240 para personas jurídicas.
- Elaboración de borradores de IVA, Sociedades y Renta. Con la información remitida en los modelos 140 y 240, la Hacienda Foral de Bizkaia elaborará, a las personas jurídicas y a las personas físicas con actividad económica, borradores de declaración de IVA y de Sociedades o Renta.
En Distrito K hemos desarrollado la funcionalidad de TicketBAI que, como ya hemos comentado, es un proyecto compartido entre las tres Diputaciones Forales (Álava, Gipuzkoa y Bizkaia) y el Gobierno Vasco, que tiene como objetivo establecer una serie de obligaciones legales y técnicas. Desde su entrada en vigor de forma voluntaria el pasado 1/1/2021, todas las personas físicas y jurídicas que realicen una actividad económica deberán utilizar un software de facturación que cumpla los requisitos técnicos que se publiquen.
Además hemos incorporado hace meses, el módulo de conexión con la Hacienda Foral de Bizkaia del sistema BATUZ, implementando en SQL Conta el LROE de BATUZ para modelo 240 (personas jurídicas).
Incluye el envío de:
- Capítulo 2 de facturas recibidas
- Capítulo 3 de bienes de inversión
- SubCapítulo 5.1 cobros criterio de caja
- SubCapítulo 5.2 pagos criterio de caja
- SubCapítulo 6.1 importes superiores a 6000 euros percibidos en metálico
La adhesión voluntaria a BATUZ será irrevocable y se realizará desde el primer día de cada trimestre de los ejercicios 2022 y 2023, comunicándolo previamente a la Hacienda Foral en el plazo establecido mediante la cumplimentación de un formulario en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. El momento de implantación elegido determinará la compensación de la que disfrutarán las personas físicas, las microempresas y las pequeñas y medianas empresas que opten por la aplicación voluntaria. Así mismo, gozarán de la misma compensación las entidades parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades, las entidades sin fines lucrativos acogidas a la Norma Foral 4/2019 y las cooperativas de reducida dimensión que tengan la consideración de microempresas o de pymes.
En la siguiente tabla se detallan los momentos de implantación, los plazos de comunicación previa y la compensación, que consiste en una reducción del rendimiento neto positivo de las actividades económicas del IRPF o de la base imponible positiva del Impuesto sobre Sociedades.
Opción de inicio de la aplicación voluntaria de BATUZ | Plazo para comunicar la adopción voluntaria | Porcentaje de reducción en IRPF o IS | |
2022 | 2023 | ||
1 de enero de 2022 | del 15/12/2021 al 14/1/2022 | 15% | 15% |
1 de abril de 2022 | del 1/2/2022 al 5/3/2022 | 13% | 13% |
1 de julio de 2022 | del 1/4/2022 al 5/6/2022 | 11% | 11% |
1 de octubre de 2022 | del 1/7/2022 al 5/9/2022 | 9% | 9% |
1 de enero de 2023 | del 1/10/2022 al 5/12/2022 | – | 5% |
1 de abril de 2023 | del 1/1/2023 al 5/3/2023 | – | 4% |
1 de julio de 2023 | del 1/4/2023 al 5/6/2023 | – | 3% |
1 de octubre de 2023 | del 1/7/2023 al 5/9/2023 | – | 2% |
Estas compensaciones son compatibles con la deducción establecida para los gastos en los que cada empresa o trabajador autónomo incurra para implantar BATUZ, como la actualización del software de facturación o la adquisición de equipos informáticos o periféricos, y que asciende al 30% del coste asumido durante el periodo voluntario.
La adopción de BATUZ en periodo voluntario conllevará la obligatoriedad para el contribuyente de llevar en la sede electrónica de la Diputación Foral el libro registro de operaciones económicas (LROE) y de emitir con un software TicketBAI todas las facturas o justificantes de entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Asimismo, nuestro ERP ha sido homologado por las 3 haciendas forales, Álava, Gipuzkoa y Bizkaia, cumpliendo la forma y plazos establecidos por cada una de ellas y certificando el software en sus páginas web.
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