Seguimos creciendo, implantación del SII para la Hacienda Foral de Álava

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La Hacienda Foral de Álava implantó de 1 de enero de 2018, un sistema de gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información (SII).

¿Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)?

Se trata de un sistema que consiste en la llevanza de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Foral de Álava mediante el suministro, casi inmediato y por vía electrónica, de los registros de facturación.

¿A quién afecta el SII en la Hacienda Foral de Álava?

Este sistema SII se aplica con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:

  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual)
  • Grandes Empresas (facturación superior a 6 millones de €)
  • Empresas acogidas al Régimen Especial de Grupos de IVA

También el nuevo SII será aplicable a los sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo optando en el correspondiente modelo censal.

Líneas básicas de funcionamiento del SII

Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Foral de Álava, los Libros registro exigidos por la normativa de IVA:

  • Libro registro de Facturas Expedidas
  • Libro registro de Facturas Recibidas
  • Libro registro de Bienes de Inversión
  • Libro registro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias

Para ello, deben remitir a la Hacienda Foral de Álava los detalles sobre su facturación, con cuya información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros registro.

El envío de esta información se realizará por vía electrónica, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML.

El suministro de esta información se realizará conforme con los campos de registro que se encuentran recogidos en la Orden Foral 703/2017 de 26 de diciembre de 2017.

Envío de información de las facturas

No se trata de enviar las facturas electrónicamente, sino que lo que se debe remitir son los datos de los registros de facturación que se encuentran recogidos en la Orden Foral 703/2017 de 26 de diciembre de 2017.

¿Cuándo hay que enviar los registros de facturación a la Hacienda Foral de Álava?

Con carácter general, los plazos son los siguientes:

A) Facturas expedidas

En el plazo de cuatro días naturales desde la expedición de la factura, salvo que se trate de facturas expedidas por el destinatario o por un tercero, en cuyo caso, dicho plazo será de ocho días naturales. En ambos supuestos, el suministro deberá realizarse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del Impuesto correspondiente a la operación que debe registrarse.

B) Facturas recibidas

En un plazo de cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura y, en todo caso, antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes.

C) Determinadas operaciones intracomunitarias

En un plazo de cuatro días naturales, desde el momento de inicio de la expedición o transporte, o en su caso, desde el momento de la recepción de los bienes a que se refieren.

D) Información sobre bienes de inversión

Dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (hasta el 30 de enero).

En Distrito K, hemos añadido la posibilidad de que nuestros clientes pertenecientes a la Hacienda Foral de Álava puedan a través de SQL Conta, nuestra solución de gestión contable y fiscal, tramitar esta presentación, gracias a que está adaptada al Suministro Inmediato de Información de Álava (SII) de manera automática y transparente, que como hemos comentado, permite a las empresas declarar y enviar a través de la Sede electrónica de la AEAT.

Programa de contabilidad enlazado al SII