Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de la SEPA comprende los 28 estados miembros de la Unión Europea (UE), así como Islandia, Lietchestein, Noruega, Mónaco, San Marino y Suiza.
Instrumentos de pago
Los instrumentos de pago SEPA son:
Transferencias. Contempla: pagos puntuales, masivos, pago de nóminas y pensiones.
Adeudos directos (domiciliaciones bancarias). Comprende: pagos periódicos o puntuales. Se utilizan, bien para pagos nacionales como para pagos transfronterizos en cualquiera de los países de su ámbito geográfico.
Otro instrumento de pago SEPA son las tarjetas. Las tarjetas válidas en un país de la SEPA ya pueden utilizarse para pagar y disponer de efectivo en todo el área SEPA con la misma facilidad con la que lo hacen actualmente en sus propios países.
Fecha límite de implantación
El Reglamento UE 260/2012 establece como fecha límite el 1 de febrero de 2014. A partir de este momento, los instrumentos de pago nacionales (tanto transferencias como adeudos), serán reemplazados en su totalidad por los nuevos esquemas SEPA.
Existen, no obstante, otras fechas relevantes para el mercado español en particular, que pueden consultarse en el “Plan de Acción”.
Identificador
El identificador único de cuenta para las operaciones de pago en SEPA es el código IBAN (International Bank Account Number). Este dato puede obtenerse en el extracto de cuenta y otras comunicaciones de los bancos, está disponible igualmente en las aplicaciones de banca electrónica de las entidades.
BIC
El código de identificación bancaria (BIC en su acrónimo en inglés) es el estándar internacional utilizado para identificar a las entidades que operan en el sector financiero. El Organismo Internacional de Estandarización (ISO, en su acrónimo en inglés) ha designado a SWIFT como la entidad responsable de asignar y registrar los BICs. En el ámbito nacional, no será exigible a partir del 1 de febrero de 2014. Con anterioridad a esa fecha, podrá serlo pero sólo cuando sea necesario. En el caso de operaciones transfronterizas, dejará de ser exigible a partir del 1 de febrero de 2016. Este código puede obtenerse en la páqina web de SWIFT, entidad responsable de la asignación y registro de los BICs, así como de su actualización.
No es necesario cambiar su cuenta
No, para los casos en los que la cuenta permita realizar o recibir transferencias y/o adeudos nacionales. De hecho, esas cuentas se encuentran ya preparadas para los nuevos instrumentos SEPA.
Retraso en la entrada en vigor
Los legisladores europeos han aprobado la propuesta de la Comisión Europea para conceder un periodo transitorio adicional de 6 meses (hasta el 1 de agosto de 2014). No obstante, la fecha límite de 1 de febrero sigue siendo válida, ya que se deja discrecionalidad a las entidades de crédito para que sigan o no aceptando operaciones en los formatos tradicionales.
Vigencia de transferencias y domiciliaciones en formatos tradicionales en España
Las entidades de crédito tienen discrecionalidad para decidir si siguen o no aceptando operaciones en los formatos tradicionales más allá del 1 de febrero de 2014. La cámara española, que procesa las operaciones que las entidades se intercambian por cuenta de sus clientes, ha decidido no agotar el período adicional de seis meses y dejará de procesar operaciones en formatos tradicionales antes del 1 de agosto. Concretamente, las fechas elegidas son el 18 de marzo para operaciones de transferencia y el 10 de junio para domiciliaciones. Le recomendamos dirigirse a su entidad para obtener información precisa acerca del empleo de los formatos tradicionales durante el periodo transitorio.
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