Hoy queremos profundizar en un delito que está a la orden del día, al que empresas y consumidores se enfrentan diariamente, pero también comentaremos cómo protegernos y qué debemos hacer en caso de que nos suceda.
La OCU recoge que la norma que regula los servicios de pago, busca reforzar la seguridad y las garantías de los consumidores, con medidas como la autenticación reforzada, obligatoria en las operaciones de pago y el acceso a las cuentas online.
En caso de que seamos víctimas de esta estafa, hay una ley que nos protege, llamada “La ley de servicios de pago”, en ella se dictamina que:
En los supuestos de copia o duplicado de la tarjeta, como el usuario no pierde en ningún momento su posesión y no tiene forma de conocer que se está produciendo el fraude, el banco le deberá devolver de inmediato el importe total de la operación no autorizada, sin que el usuario deba responsabilizarse de ninguna cantidad.
En los casos en que el fraude se produzca como consecuencia del robo o pérdida de tarjeta, el usuario es responsable por el uso fraudulento antes de la comunicación del robo o la pérdida, pero por una cuantía limitada a un máximo de 50 euros salvo culpa o negligencia grave.
Los pasos que debemos dar en cualquiera de los dos casos son:
- Dar de baja la tarjeta bancaria inmediatamente, esto se puede realizar desde la propia banca online.
- Notificar al banco el suceso e identificar los pagos no autorizados.
- Denunciar ante la policía el suceso, con el extracto de pagos no autorizados.
- Remitir al banco la denuncia para que el seguro del mismo compruebe la veracidad de los hechos, y reembolse las cantidades sustraídas.
En caso de que la entidad no quisiera hacerse cargo, la OCU nos indica que se debe reclamar ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la entidad. Si pasa un mes sin contestación o si la solución no es satisfactoria, se podrá reclamar en el Departamento de Conducta de Mercado, sito en la Calle Alcalá, 48, 28014, en Madrid; con teléfono 901 545 400.