En España, las empresas familiares suponen el 89% del total de las empresas privadas. Constituir una empresa como familiar supone reducciones de hasta un 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Para que una empresa sea considerada como tal es necesario:
Ser configurada como SL o SA (participación mínima de un 20%)
Un grupo de empresas donde una persona posee como mínimo un 5% de las acciones.
Sus activos no deben ser en su mayoría provenientes de la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario.
La participación del sujeto pasivo en la empresa debe ser superior al 20%, y debe incluir funciones de dirección, siendo esta más del 50% de la fuente principal de ingresos.
Cumplidos estos requisitos la empresas familiares estarían exentas en el Impuesto de Patrimonio en las Comunidades donde se contemple el 100%.